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2025-6-27

Autoridades del trabajo llaman a respetar derechos laborales durante elecciones primarias

Entre ellos se encuentra el permiso legal de, al menos, tres horas para ausentarse de sus lugares de trabajo y ejercer su derecho a sufragio. Asimismo, recordaron el feriado irrenunciable y obligatorio que rige para dependientes del comercio administrado bajo una misma razón social y streep center, entre otros.

Publicado por: Comunicaciones Mintrab
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Con motivo de las elecciones primarias presidenciales que se vivirán en el país este domingo 29 de junio, las autoridades laborales de la región hicieron un llamado a respetar los derechos de quienes deben trabajar durante la jornada, recordando la normativa legal en materia de sufragio y también del feriado irrenunciable que rige para algunos dependientes de comercio.

Al respecto, la Seremi del Trabajo, Jessica Bengoa Mayorga, se refirió a los permisos de votación para las y los trabajadores que deben trabajar durante la jornada eleccionaria.

“Como sabemos, este domingo se realizan las elecciones primarias presidenciales y, como Seremi del Trabajo, queremos recordar a todas las y los trabajadores que deben desempeñar funciones ese día, que tienen el derecho por ley a ausentarse de su lugar de trabajo por, al menos, tres horas para ejercer su derecho a sufragio”, señaló.

“También, hay que recordar que aquellos trabajadores y trabajadoras que sean designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral, las y los empleadores tienen el deber de permitir el cumplimiento de esas funciones, sin que por ello se apliquen descuentos en sus remuneraciones, aunque en estas elecciones el voto sea voluntario”, añadió la Seremi.

Con respecto al feriado irrenunciable decretado para algunos sectores del comercio, el director regional del Trabajo, Carlo Gorziglia Sain, expuso que “para estos efectos, la normativa establece que las empresas del sector comercio que trabajan bajo una misma razón social: mall, centros comerciales, Streep Center, es un feriado obligatorio e irrenunciable para ellos; no así para el resto del comercio. Por ello, estos establecimientos comerciales deben cerrar sus puertas el día sábado 28 de junio a las 21:00 horas y reabrir su actividad comercial el día lunes 30 del mismo mes, a contar de las 06:00 horas”.

“Ahora, las multas están asociadas al incumplimiento de esta normativa. En el caso de no cumplir con el feriado obligatorio, las multas van desde las 30 UTM ($2.036.550) a las 150 UTM (10.317.750). Y en el caso de aquellas empresas que no están en el contexto señalado, el no otorgar las tres horas para sufragar, las multas van entre las 3 a las 60 UTM, por no otorgar el mínimo de tres horas, ya sea para sufragar o para justificar, si es necesario. Lo mismo, en caso de no conceder los permisos para quienes son designados vocales de mesa”, agregó la autoridad.

Todas estas multas y sanciones se aplican dependiendo del tamaño de la empresa, según la cantidad de trabajadores y trabajadoras que tenga, y de acuerdo al valor de la UTM del mes de junio.

La Dirección del Trabajo realizará fiscalizaciones el día de las elecciones con cobertura nacional y supervisado por las direcciones regionales y, asimismo, estará fiscalizando las denuncias que se reciban a través del Canal de Atención Telefónica (CAT), número 600 450 4000.

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